La
nueva normativa europea de seguridad de vuelos entra en vigor el 6 de
noviembre del año 2006. Ésta hace referencia al contenido de los equipajes
de mano.
Esta
legislación está vigente en todos los aeropuertos de la Unión Europea (UE)
y los de Noruega, Islandia y Suiza. Además, esta normativa se aplicaba en los
vuelos del Reino Unido y los que tienen como origen y destino
EEUU.
Objetos permitidos en el
equipaje de mano
Los
principales puntos de esta normativa son:
·
Afecta al transporte de
líquidos, los cuales deben ir en tubos de una capacidad máxima de 100 ml.
Estos a su vez, tienen que introducirse en una bolsa transparente con
autocierre de 20x20 cm que no supere el litro de capacidad.
·
Se consideran líquidos:
- Agua y otras bebidas, sopas, jarabes.
- Cremas, lociones y aceites, incluida la pasta de dientes.
- Perfumes.
- Rímel.
- Gel de ducha, champú o cualquier otro tipo de jabón líquido.
- Contenidos de contenedores
presurizados, incluido espuma de afeitar, otras espumas y desodorantes.
- Aerosoles.
- Mezclas líquidas o sólidas.
- Cualquier otro artículo de consistencia similar.
·
Es necesario presentar
todos los líquidos dentro de la bolsa citada y separados del equipaje de mano.
Deberán colocarse en la bandeja proporcionada en los controles de seguridad,
para su examen por los agentes.
·
Las personas que viajen
con cualquier prenda de abrigo deberán de quitársela y colocarla en la
bandeja para que sean inspeccionados por los agentes.
·
Si se desea viajar con
un dispositivo electrónico como por ejemplo un ordenador portátil o un
cámara de vídeo o de fotos, con su respectiva funda, deberán de separarse y
colocarse en la bandeja para su posterior inspección en los controles.
Excepciones
Los
casos extraordinarios en los que se pueden transportar líquidos sin tener que
introducirlos dentro de la citada bolsa son:
·
Líquidos comprados en
las dutty-free del aeropuerto, que son las tiendas libres de
impuestos. Estos vendrán en una bolsa sellada y a prueba de manipulación.
·
Medicinas, alimentos
dietéticos y comidas de bebés que sean necesarios a lo largo del
trayecto.
Observaciones
Esta
nueva normativa solo afecta al equipaje de mano, con lo que al viajero se le
permite llevar en el equipaje facturado cualquier tipo de líquidos u
objetos. Deberán de ir empaquetados de tal manera que estén a salvo de golpes o
fracturas.
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